Inicio Arancel Sección XVI Capítulo 84 Calderas de vapor (generadores de vapor),… 8402.20.00.00
8402.20.00.00

Calderas denominadas «de agua sobrecalentada»

0%Ad Valorem

Clasificación

  1. Calderas de vapor (generadores de vapor), excepto las de calefacción central diseñadas para producir agua caliente y también vapor a baja presión; calderas denominadas «de agua sobrecalentada»
  2. Calderas denominadas «de agua sobrecalentada»
Subpartida nacional8402.20.00.00
Sin puntos8402200000
Nivel6 dígitos
Capítulo84
SecciónXVI

Exportaciones desde Perú

2025US$ 0 k53 de 53 semanas · 12 de 12 meses
1 embarques · 1 empresas · 1 destinos · 0,00 USD/kg
2024US$ 17 k51 de 51 semanas · 12 de 12 meses
1 embarques · 1 empresas · 1 destinos · 17,95 USD/kg
2021US$ 9 k53 de 53 semanas · 12 de 12 meses
3 embarques · 1 empresas · 1 destinos · 3,33 USD/kg

Elaborado sobre los registros de aduana de SUNAT (regímenes definitivos, tipo exportación). Solo se publican años con cobertura suficiente: al menos el 60 % de las semanas y 10 de los 12 meses. La cobertura de cada año está indicada arriba.

Principales destinos en 2025

Cuánto cuesta importar

Valor FOB de referenciaUS$ 1,000.00
Ad Valorem (0%)US$ 0.00
Base imponibleUS$ 1,000.00
IGV (15.5%)US$ 155.00
IPM (2.5%)US$ 25.00
Total con tributosUS$ 1,180.00

Ejemplo con FOB US$ 1,000.00, sin flete ni seguro, para aislar el efecto del Ad Valorem de esta subpartida. El costo real depende del flete, el seguro y los gastos operativos.

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